Por el cual se asigna una suma para gastos de instalación de una Legación y de un Consulado
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y visto el artículo 288 del Código Político y Municipal,
decreta :
Asígnase la suma de doscientos pesos ($ 200) para los gastos que ocasione la instalación en Holanda de la oficina de la Legación de la República en ese país, y la de dos cientos pesos ($ 200) para la instalación del Consulado General de Colombia en la Haya.
El encargado de la Legación y del Consulado General expresados enviará al Ministerio de Relaciones Exteriores los comprobantes de los gastos referidos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de marzo de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZnone El Ministro de Relaciones Exteriores, Pedro Antonio MOLINA.
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