Por el cual se aprueba y se adopta para el ramo de Guerra la instrucción para el servicio de sanidad en tiempo de guerra

Rango Decreto
Publicación 1933-03-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase y adóptase, con carácter provisional y mientras se dicta el reglamento respectivo, para el ramo de guerra, la Instrucción para el Servicio de Sanidad en Tiempo de Guerra, redactada sobre la base del reglamento alemán sobre la misma materia, por el señor General F. J. Díaz, Asesor Militar del Ministerio de Guerra.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Guerra

Carlos URIBE GAVIRIA.

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