Por el cual se hace una promoción (ramo de Caminos Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Promuévese al señor Alfonso Rodríguez Millán, del puesto de Ingeniero segundo Ayudante de la carretera del Carare (sección de Boyacá), al cargo de Ingeniero primer Ayudante de la misma obra, con la asignación mensual de doscientos pesos ($ 200).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de abril de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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