POR EL CUAL SE SUPRIME EL CARGO DE INTERVENTOR GENERAL DE RENTAS NACIONALES Y SE CREA EL CARGO DE FISCAL DEL PRESUPUESTO

Rango Decreto
Publicación 1931-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 4
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 3ª de 1930,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del día 1° de abril del año en curso quedará suprimido el cargo de Interventor General de Rentas Nacionales.

Artículo 2° A partir de la misma fecha, créase el cargo de Fiscal del Presupuesto, con una asignación mensual de trescientos cuarenta pesos ($340).

Artículo 3° El Fiscal del Presupuesto dependerá directamente del Ministro de Hacienda y Crédito Público, y tendrá las siguientes atribuciones, además de las que le señale su superior:

Artículo 4° Nómbrase Fiscal del Presupuesto al señor Enrique Marroquín,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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