Por el cual se suprimen dos plazas de Ayudante en una Oficina Postal y Telegráfica y se crean en otras dos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º De las cinco plazas de Ayudante que tiene la Oficina Postal y Telegráfica de Cañafístula, suprímense dos, las cuales se crean, con la misma asignación de las de su clase, en cada una de las Oficinas Postal y Telegráfica de Cáceres y Telegráfica de Valdivia, respectivamente.
Artículo 2º Para llenar la plaza de Ayudante que en la Oficina Postal y Telegráfica de Cáceres se crea, nómbrase al señor Ernesto Arias C., y para llenar la de la Oficina Telegráfica de Valdivia, nombrase al señor Ramón Villa.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de enero de 1926.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO-El Ministro de Correos y Telégrafos, Francisco CARBONELL GONZALEZ.
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