por el cual se crea un empleo y se fijan unas asignaciones en el ramo telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1911-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

considerando

que la oficina telegráfica de Girardot está mal servida por un solo Oficial de Recibo;

Que el sueldo del empleado que desempeña actualmente este cargo es muy superior á los de igual categoría en otras oficinas,

decreta:

Artículo 1.° Créase, á partir del 15 de Julio del corriente año, un empleo más de Oficial de Recibo en la oficina telegráfica de Girardot.

Artículo 2.° El sueldo de cada uno de dichos oficiales será de $ 30 mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 7 de Julio de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

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