Por el cual se suprimen unas oficinas y se crean otras en el ramo postal y telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1911-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

que por razones de servicio se ha hecho necesario trasladar la oficina telegráfica de Raudal á Purí la de Tatunendo al Puerto y la de Saltillo á Anfora,

decreta:

Artículo único. Suprímense, a partir del 1.° de Agosto próximo, las oficinas postales y telegráficas de Raudal, Tatanendo y Saltillo, y créanse as de Purí, Puerto y Anfora, cada una con el mismo personal y asignaciones mensuales que hoy tienen las que por el presente se so primen, respectivamente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 7 de Julio de 19IU

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.