Por el cual se da una autorización al Director de la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que la actual distribución de los salarios de los obreros de la Imprenta Nacional no permite el pago del servicio en proporción del trabajo ejecutado, y que el recargo de trabajo en la Imprenta Nacional requiere mayor labor sin aumento de gastos,
DECRETA:
Autorízase al Director de la Imprenta Nacional para que consultando las tarifas o salarios de los establecimientos tipográficos particulares, establezca el sistema de sueldos eventuales en las Secciones de la Imprenta Nacional que juzgue conveniente, de modo que el operario gane en proporción al trabajo que ejecute.
Este Decreto rige con la anterioridad del 1.° del mes en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de junio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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