Por el cual se asignan sumas anuales para gastos de material de algunas Administraciones subalternas de Hacienda nacional
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En vista de lo manifestado por el Administrador Contador de la Direccion jeneral de Correos nacionales en oficio dirijido a la Secretaría de Guerra i Marina, con fecha 27 del presente, número 590 ;
Teniendo en consideracion que en el Presupuesto de la vijencia en curso, no se apropió cantidad alguna para gastos de escritorio de algunas Administraciones subalternas de Hacienda ; i que para su mejor servicio es necesario proveer lo mas conveniente,
decreta:
Artículo 1.° Asígnase para gastos de material de las Administraciones subalternas de Hacienda nacional que pasan a espresarse, las cantidades anuales siguientes :
| Para la de Chocontá | $ | 36 |
|---|---|---|
| Para la de Villa María | 36 | |
| Para la de Toro | 36 | |
| Para la de Socha | 50 | |
| Para la de Tibaná | 50 |
.° Estas asignaciones tendrán efecto desde 1.° de setiembre último.
Artículo 2.° El gasto de que se trata impotable al Presupuesto del corriente año económico, Departamento de Correos, capítulo 2,° Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (material), artículo 3.°
Dado en Bogotá, a 29 de diciembre de 1875.
S .PEREZ.
El Secretario de Guerra i Marina,
Sántos Acosta.
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