Por el cual se concede una franquicia

Rango Decreto
Publicación 1917-04-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que los Contadores del Ejército necesitan despachar frecuentemente remesas de dinero a los Oficiales y tropa en comisión o destacados, y que los envíos revisten urgencia en la mayor parte de los casos,

decreta:

Artículo único. Concédese franquicia para los giros telegráficos que hagan los Contadores del Ejército a los Oficiales y tropa en comisión o destacados, en la forma que determinan las disposiciones que organizan este servicio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de abril de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

Miguel ABADIA MENDEZ.

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