Por el cual se reorganiza la Administración de Correos de Girardot

Rango Decreto
Publicación 1913-08-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.º Reorganízase, a partir del primero de agosto próximo, la Administración de Correos de Girardot, la cual será servida por el siguiente personal, que tendrá las asignaciones mensuales que se expresan:

Un Administrador, con $ 70
Un Oficial de Correspondencia, Encomiendas y Recomendados, con 45
Un Oficial de Recibo y Despacho, con 50
Un Ayudante, con 30
Un Oficial de Lista, Expendedor de especies postales, con 30
Un Portero Escribiente, con 25
Un Guarda, con 20
Para útiles de escritorio 10

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de julio de 1913.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

PEDRO M CARREÑO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.