Por el cual se aumenta el personal de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta
Artículo único. Con destino á prestar el servicio de guardia-en la Penitenciaría de Manizales, auméntase el personal de .la séptima División de la. Policía, con los siguientes empleados :
Un Comisario de segunda clase.
Un Comisario Mayor de tercera clase.
Dos agentes de. primera clase.
Cuatro agentes de segunda clase."
Veinticuatro, agentes dé tercera clase.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 21 de Julio de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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