por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 54 de la Ley 489 del 30 de diciembre de 1998,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímese en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la Secretaría de Información y Sistemas, creada mediante Decreto 1860 de 1991.
Artículo 2º. Créase en la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Area de Información y Sistemas, la cual dependerá del Despacho del Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. El Area de Información y Sistemas cumplirá las siguientes funciones:
• Proponer planes, programas y proyectos para el manejo, análisis y desarrollo informático del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, orientar su ejecución y controlar y evaluar el cumplimiento de los mismos.
• Propiciar el desarrollo de sistemas que faciliten la adopción de decisiones por parte de la Dirección Administrativa.
• Prestar apoyo en materia de sistemas a las diferentes dependencias de la Presidencia de la República.
• Las demás que le sean asignadas y que estén acorde con la naturaleza del cargo.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1680 de 1991.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., 24 de abril de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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