Por el cual se conceden unas franquicias telegráficas

Rango Decreto
Publicación 1917-01-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Concédese franquicia telegráfica, hasta por treinta palabras, a los Médicos de las Comisiones Sanitarias creadas para atender las epídemias originadas por las inundaciones del río Magdalena, para que puedan tratar con los respectivos Directores de Higiene o con la Junta Central de Higiene los asuntos urgentes relacionados con su funciones y que por su premura no puedan confiarse al correo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de enero de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.

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