Por el cual se crea un Corregimiento en la Intendencia Nacional del Amazonas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta;
Artículo 1.° Créase en la Intendencia Nacional del Amazonas el Corregimiento de Caucayá, cuyos límites señalará posteriormente el Intendente por decreto que debe someter a la aprobación del Ministerio de Gobierno.
Artículo 2.° Créanse en la misma Intendencia los cargos de Corregidor de Caucayá y Secretario del mismo, con las asignaciones mensuales de setenta pesos ($ 70) y cincuenta pesos ($ 50), respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de abril de 1-93 5.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.