Por el cual se determinan las sanciones de los Administradores delegados de Aduana

Rango Decreto
Publicación 1929-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que en ejercicio de las autorizaciones conferidas por el artículo 4.° de la Ley 5.ª de 1925, se crearon los cargos de Administradores Delegados de Aduana para sustituír a los Contadores Interventores sin que hasta la fecha se hayan fijado las funciones que principalmente les corresponden,

DECRETA:

Artículo 1.° Son deberes y funciones principales de los Administradores Delegados de Aduanas , los siguientes:

Artículo 2° Este Decreto empezará a regir desde la fecha en que sea conocido por cada una de las respectivas Aduanas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P PEREZ

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