Por el cual se convoca al Congreso a sesiones extraordinarias
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad conferida por el artículo 8° del Acto legislativo número 3 de 1910, y de conformidad con el parecer del Consejo de Ministros,
DECRETA:
Convócase al Congreso a sesiones extraordinarias, que comenzarán el 20 de junio próximo, con el fin de que se ocupe, en primer lugar, de lo referente al descenso de rentas, las cuestiones monetarias y demás relacionadas con ellas, que afectan al comercio y a la industria.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de mayo de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ
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