MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL DECRETO NUMERO 2193 DE 20 DE DICIEMBRE DE 1932, “POR EL CUAL SE CREA UNA COMISION PARA CONSTRUIR UNA LINEA TELEGRAFICA Y TELEFONICA DE CIRCUITO TOTALMENTE METALICO”
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Refórmase el artículo 4º del Decreto número 2193 de 20 de diciembre de 1932, en el sentido de que el Inspector Jefe de Construcción creado por el expresado Decreto, únicamente puede aumentar a veinticinco el número de peones, reemplazando cinco peones que se le disminuyen, con un Guarda Electricista, que devengará el equivalente de tres jornales, y con un Guarda de Construcción, que devengará el equivalente de los dos jornales restantes.
Artículo 2º Reconócese al Inspector Jefe de Construcción creado por el Decreto número 2193 de 20 de diciembre de 1932, derecho a sueldo desde el 23 del mismo mes, fecha en la cual comenzó a prestar sus servicios, hasta la fecha en que tome posesión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de enero de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alberto PUMAREJO
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