por el cual se reorganizan dos Oficinas en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la Republica de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
A partir del 1.° de octubre próximo, reorganizanse las Oficinas Postales de Chiriguaná y el paso, cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de septiembre de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno
PEDRO M. CARREÑO
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