Por el cual se conmemora la batalla de Carabobo

Rango Decreto
Publicación 1921-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el día de mañana es el centenario de la batalla librada por el Ejército libertador de Venezuela y Nueva Granada en el campo de Carabobo;

Que el Gobierno y el Ejército de Colombia, respondiendo a sentimientos siempre ardorosos y vivos de amor a las glorias inmarcesibles de nuestra guerra de emancipación, están en el deber de conmemorar de modo visible los ejemplos de abnegación y heroísmo que se hallan grabados en el bronce de nuestra historia, al par que en el alma de la Nación colombiana,

decreta:

Artículo 1° El Gobierno, a nombre del pueblo y del Ejército de la República, rinde tributo de admiración en esta fecha centenaria a las legiones libertadoras que sellaros con su sangre el amor a la independencia de su patria, y a quienes coronó la victoria en el campo de Carabobo el 24 de junio de 1821.

Artículo 2° El Ejército, representado por las Unidades acantonadas en la capital, cumplirá en el día de mañana el siguiente programa:

Las Bandas de Música recorrerán las calles principales de la ciudad tocando los himnos nacionales de Colombia y Venezuela.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de junio de 1921.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Guerra, JorgeROA.

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