Por el cual se deroga el marcado con el número 1175 de 1910
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales y
CONSIDERANDO:
que el consejo Universitario conceptúa, previo informe del señor Rector de la Facultad de Derecho, que un año de práctica es suficiente a los estudiantes de esa Facultad para obtener el título de Doctor en Derecho y Ciencias Políticas,
DECRETA:
Derógase el Decreto marcado con el número 1175 de 1910.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Instrucción Pública,
- c. CUERVO MARQUEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.