Por el cual se suprime el impuesto sobre las bebidas gaseosas

Rango Decreto
Publicación 1918-06-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias de que está investido por la Ley 69 de 1917, y

considerando:

decreta:

Artículo 1° Desde esta fecha queda suprimido el impuesto sobre las bebidas gaseosas que carezcan en absoluto de alcohol.

Artículo 2º Queda en estos términos reformado el inciso c) del artículo 1° del Decreto número 2089 de 1917.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1º de junio de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro del Tesoro,

Pedro Blanco S.

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