Por el cual se da representación a los estudiantes de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional, en el Consejo Directivo

Rango Decreto
Publicación 1932-05-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° Los alumnos de la Facultad Nacional de Matemáticas e Ingeniería, tendrán representación en el Consejo Directivo de la misma.

Artículo 2° De acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, el representante de los estudiantes en el Consejo Directivo deberá ser alumno de uno de los dos últimos años de estudios, de Ingeniería. Dicho representante deberá ser elegido por los estudiantes de todos los cursos de la Facultad, al menos con las dos terceras partes de los votos y para períodos de un año.

Artículo 3° El representante de los estudiantes en el Consejo tendrá voz y no voto en las reuniones de éste.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de mayo de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Julio CARRIZOSA V.

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