Por el cual se modifica el 566 del año en curso, que organiza la guarnición de las islas de San Andrés y Providencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. En lugar de dos sastres y dos zapateros que asigna el Decreto 566 de este año, a la guarnición de las islas de San Andrés y Providencia, habrá ,un sastre, un zapatero y un carpintero
Parágrafo. Queda en estos términos modificado el Decrete 566 mencionado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de junio de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro-de Guerra, Salvador FRANCO.
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