por el cual se deroga el Decreto 474 de 1997
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, y en especial las que le confiere el Decreto 165 de 1997, y
DECRETA:
Artículo 1°. Derogase en todas sus partes el Decreto 474 del 26 de febrero de 1997.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de marzo de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Carlos Posada.
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