Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con el ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1926-01-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Procédase a erigir sobre los ríos Zulia y Peralonso, los puentes cuyo material se encuentra en la Aduana de Cúcuta.

Artículo 2º Encárgase al doctor Fabio González Tavera, de hacer los estudios necesarios para aprovechar tales materiales, elaborar los proyectos, y hacer los presupuestos de dichas obras, los cuales se someterán al Ministerio de Obras Públicas para su aprobación y reglamentación por medio de Decretos posteriores.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Gramalote a 19 de enero de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas Laureano GOMEZ.

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