Sobre asignaciones de los empleados de la Dirección General de Lazaretos

Rango Decreto
Publicación 1909-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1°. Los sueldos que el presupuesto del presente año señala a los empleados de la Dirección General de Lazaretos, se liquidarán de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 486 de 1908.

Artículo 2°. En las respectivas Oficinas de Contabilidad se describirán las operaciones a que haya lugar, con imputación al parágrafo 3° del capítulo 7° del mismo Presupuesto.

Dado en Duitama, a 28 de Enero de 1909.

R. REYES

Por el Ministro de Gobierno, el de Relaciones Exteriores en comisión,

FRANCISCO JOSE URRUTIA

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