Por el cual se crean unos empleos en el Ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créase la plaza de Oficial de recibo en cada una de las Oficinas Telegráficas de Buga y Pamplona y una plaza más de Carteo en la primera de las Oficinas mencionadas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Duitama, a 28 de Enero de 1909
R. REYES
Por el Ministro de Gobierno, el de Relaciones Exteriores en comisión,
FRANCISCO JOSE URRUTIA
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