Por el cual se suprime una Oficina y se crea otra en el Ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Suprímese la Oficina Postal y Telegráfica de Dagua, Departamento de Cali, y créase la de Papagayeros en el mismo Departamento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Duitama, a 28 de Enero de 1909.
R. REYES
Por el Ministro de Gobierno, el de Relaciones Exteriores en comisión,
FRANCISCO JOSE URRUTIA.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.