Por el cual se restablece un puesto y se fijan unas asignaciones en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Restablécese, con la misma asignación que tenia, el puesto de Oficial segundo de la cuarta Mesa de la Administración General de Telégrafos, que suprimió el Decreto número 6 del año en curso.
Articulo 2° Desde el primero de los corrientes fijanse en ciento diez y noventa pesos las asignaciones mensuales de Jefe y Ayudante de la misma cuarta Mesa, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de junio de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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