Por el cual se reforma el Decreto número 207 del presente año
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales, y
considerando
que es insuficiente el personal creado por el Decreto número 207 de 27 de Febrero último para el Consulado General de la República en Londres, en atención á la importancia y cantidad de negocios que están á su cargo, y á que en esa oficina se llevan las cuentas correspondientes á todos los Consulados de Colombia en Europa, las referentes á los pagos por deuda pública y la estadística consular,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase en el Consulado General de la República en Londres el puesto de Contador, con un sueldo mensual hasta de $ 120.
El Contador llevará los libros de dicha oficina y desempeñará las demás labores que le señale el reglamento de ella.
Artículo 2.° Autorízase al Cónsul General de la República en Londres para que nombre y reemplace al Contador y al Escribiente del Consulado, llene las vacantes y conceda las licencias que en esos puestos ocurran, y señale ó pacte para los mismos el sueldo mensual dentro del máximum asignado al Contador en el artículo precedente y al Escribiente en el artículo 8.° del Decreto número 207 del año en curso.
Artículo 3.° Queda así reformado el Decreto número 207, de Febrero último.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 19 de Octubre de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
ENRIQUE OLAYA HERRERA
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