Por el cual se designa la entidad encargada de organizar los festejos del 20 de julio del corriente año

Rango Decreto
Publicación 1918-06-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° La organización de los festejos del 20 de julio del presente año estará a cargo de la Academia Nacional de Historia, en cuyo trabajo tendrán voz y voto los señores Alcalde dé la ciudad, Jefe del Comando Superior de la primera División del Ejército y Director de Obras Públicas Nacionales.

Artículo 2° Para los efectos del artículo anterior, destínase la suma de dos mil pesos ($ 2,000), señalados en el Decreto número 904 del presente año.

Artículo 3° La Junta nombrará un Tesorero para el manejo de tales fondos, quien prestará fianza a satisfacción de aquélla, y rendirá sus cuentas a la Corte del Ramo.

Comuniqúese y publiquese.

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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