Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de gastos vigente

Rango Decreto
Publicación 1929-06-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando

que en sesión del 21 del mes de mayo, el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca del traslado propuesto por el señor Ministro de Correos y Telégrafos con el fin de poder atender a los gastos de la Misión de expertos de correos contratada por el Gobierno, así como para atender también a las prórrogas de los contratos con los técnicos de telégrafos, y de inalámbricos,

decreta:

Artículo 1° Trasládase la suma de diez y ocho mil pesos ($ 18,000), del artículo 1782, capítulo 62, al artículo 1784 del mismo capítulo.

Artículo 2° Dése cuenta de este traslada al señor Contralor General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de junio de 1929.

MIGUEL ABABIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

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