Por el cual se reforma el marcado con el número 1181 de 1910 y se dispone la incineración de unas estampillas

Rango Decreto
Publicación 1911-02-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

Decreta:

Artículo 1° Procédase a incinerar las estampillas mandadas retirar de la circulación por Decreto numero 696 de 6 de Agosto de 1910.

La Dirección General de Correos y Telégrafos queda encargada de cum-

Slir la anterior disposición, y el acta e incineración correspondiente se pu blicará en el Diario Oficial.

Artículo 2° Queda así reformado el Decreto ejecutivo nítmero 1181 de 20 de Diciembre ultimo.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá á 1.° de Febrero de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

Jorge ROA

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