por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961. (Presidencia de la República)
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTÍCULO 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la presente vigencia fiscal:
CAPITULO 011
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
CONTRACREDITOS
(Certificado de Disponibilidad número 2 expedido por el Contralor General de la República el 30 de enero de 1961).
Servicios Personales
| 101, 111. Del artículo 0103. Remuneración de servicios técnicos | $80.000.00 |
|---|---|
| Suman los contracréditos | $80.000.00 |
CREDITOS
CAPITULO 011
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Servicios personales.
| 101, 111. Al artículo 0102. Gastos de representación | $51.400.00 |
|---|---|
| 101, 111. Al artículo 0106, Indemnización por vacaciones | $28.600.00 |
| Suman los créditos | $ 80.000.00 |
ARTÍCULO 2° Esta Ley regirá desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá D. E., a 14 de marzo de 1961.
El Presidente del Senado,Francisco Eladio Ramírez.- El Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Bulla Hoyos. - El Secretario del Senado, Manuel Roca Castellanos. -El Secretario de la Cámara de Representantes, AlraroAyala Murcia.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., marzo 16 de 1961.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa
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