Por la cual se asocia la Nación a un efemérides patria
El Congreso de Colombia,
decreta
ARTICULO 1° Al cumplirse quince (15) años de la fundación de la Universidad Pontificia Bolivariarta de Medellín, la Nación expresa su congratulación al Rector, Claustro y Alumnado del Ilustre Instituto, ejemplar Empresa de cultura católica y patriótica.
ARTICULO 2° Auxiliase por una sola vez a la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín, con la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) que se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia.
ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su promulgación.
Dada en Bogotá a catorce de diciembre de mil novecientos cincuenta y uno.
El Presidente del Senado, GILBERTO ALZATE AVENDAÑO-El Presidente de la Cámara de Representantes, CARLOS AUGUSTO NORIEGA-El Secretario del Senado, Alcides Zuluaga Gómez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jesús Gómez Salazar.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, diciembre 24 de 1951.
Publíquese y ejecútese.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo
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