Por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1959. (Ministerio de Salud Pública)

Rango Ley
Publicación 1959-12-29
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1.° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gustos para la presente vigencia fiscal:

AQUI PDF DIARIO OFICIAL 30136 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 10.

ARTICULO 2.° Esta Ley regirá desde la fecha de su sanción

Dada en Bogotá, D, E., a 16 de diciembre de 1959.

El Presidente del Senado,

JORGE URIBE MARQUEZ

El Presidente de la Cámara,

JESUS RAMIREZ SUAREZ

El Secretario del Senado,

Jorge Manrique Terán

El Secretario de la Cámara,

Alvaro Ayala M;

República de Colombia. -Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., veintitrés de diciembre 'de mil novecientos cincuenta y nueve.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa

El Ministro de Salud Pública,

José Antonio Jácome Valderrama

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