Por la cual se provee al ensanche y terminación del Asilo de Mendigos de Popayán

Rango Ley
Publicación 1952-11-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1º Auxiliase con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) pagaderos en dos vigencias fiscales nacionales, el Asilo de Mendigos de Popayán,

ARTICULO 2º La partida que; por esta Ley se decreta, será destinada al ensanche y terminación del edificio en construcción de dicho Asilo, y en la Junta Administradora de ella intervendrá un representante del Ministerio de Higiene y el Gobernador del Cauca, o la persona a quien éste delegue su representación.

ARTICULO 3º Sobre la inversión de este auxilio se rendirán cuentas conforme a las disposiciones legales para esta clase de auxilios.

ARTICULO 4º Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a cuatro de noviembre efe mil novecientos cincuenta y dos.

El Presidente del Senado,

JOSE ELIAS DEL HIERRO

El Presidente de la Cámara de Representantes,

ELISEO ARANGO

El Secretario del Senado,

Alcides Zuluaga Gómez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Jesús Gómez Salazar.

República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, noviembre 18 de 1952.

Publíquese y ejecútese.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvares Restrepo.

El Ministro de Higiene,

Alejandro Jiménez Arango.

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