por la cual se honra la memoria del General de Ingenieros Agustín Codazzi

Rango Ley
Publicación 1938-12-01
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1° La República honra la memoria del General de Ingenieros Agustín Codazzi, quien prestó importantes servicios a Colombia como soldado, y en el levantamiento de la primera carta geográfica de la Nación, trabajo en el cual rindió su vida.

ARTICULO 2°. En el parque de la población de Codazzi (Departamento del Magdalena), donde murió, se erigirá un busto con esta inscripción:

"El Congreso de 1938 al General de Ingenieros Agustín Codazzi-1793-1859."

ARTICULO 3° La casa municipal donde se hospedó y murió será reconstruida y destinada para el servicio municipal y oficinas nacionales.

PARAGRAFO. En el frente se pondrá una lápida como recuerdo del duelo de la República por el acontecimiento allí cumplido.

ARTICULO 4° Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley autorízase al Gobierno para abrir un crédito por diez mil pesos ($ 10,000) en la Ley de Apropiaciones de las próximas vigencias.

Dada en Bogotá a nueve de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA -El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEÑO -El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 30 de 1938.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.