Por la cual se crea una Escuela Normal Rural para Varones en la ciudad de Campoalegre (Huila)
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Derogado.
ARTÍCULO 2°. Derogado.
ARTÍCULO 3°. Derogado.
ARTÍCULO 4°. Derogado.
ARTICULO 5°. Derogado.
Dada en Bogotá, D. E., a catorce de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve.
El Presidente del Senado,
JORGE URIBE MARQUEZ.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
JESUS RAMIREZ SUAREZ.
El Secretario General del Senado,
Jorge Manrique Terán.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
LUIS ALFONSO DELGADO.
República de Colombia. - Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., treinta de diciembre de mil novecientos cincuenta y Nueve.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo villa.
El Ministro de Educación Nacional,
Abel Naranjo Villegas.
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