Por la cual se honra la memoria del doctor Horacio Valencia
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Hónrase la memoria del doctor Horacio Valencia Arango, excelente ciudadano, desvelado servidor de la República y gran patriota.
ARTICULO 2° Sendas copias de esta ley serán enviadas, con nota de estilo, a la viuda y a los hermanos del ilustre extinto.
ARTICULO 3° Esta ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a veintiséis de agosto de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, EUSTORGIO SARRIA - El Presidente de la Cámara de Representantes, ALBERTO LLERAS - El Secretario del Senado, José Umaña Bernal - El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo - Bogotá, 3 de septiembre de 1941.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
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