Que exime a Nicolás Salcedo i a Andrés Berti Tancredi del pago de una cantidad
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Exímese al señor Nicolas Salcedo del cargo deducido contra él por la Corte de Cuentas, como fiador que fué del ex-Administrador de la Aduana de Sabanilla, señor Aniceto Cordovez.
Art. 2.° Exímese igualmente al señor Andres Berti Tancredí de la responsabilidad en que haya incurrido, o pueda incurrir, como fiador del señor Rafael Matamoros, Administrador que fué de la Aduana de Cúcuta en los años de 1859 i 1860. En consecuencia se dictarán las providencias conducentes a libertar la finca que dicho señor Berti hipotecó para la seguridad correspondiente.
Dada en Bogotá, a tres de abril de mil ochocientos setenta i tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, Daniel Aldana.
El Presidente de la Cámara de Representantes, Nepomuceno J. Navarro.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 4 de abril de 1873.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L.S.)
- M. MURILLO.
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, F. Pérez.
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