por la cual se provee a la protección de la ganadería y se dictan otras disposiciones
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Derogado
ARTICULO 2° Derogado
ARTICULO 3° Derogado
ARTICULO 4° Derogado
ARTICULO 5° Derogado
ARTICULO 6° Derogado
ARTICULO 7° Derogado
ARTICULO 8° Derogado
Dada en Bogotá, a veinticuatro de enero de mil novecientos treinta y seis.
El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la cámara de Representantes, PEDRO CLAVER AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder Ejecutivo-Bogotá, febrero 5 de 1936.
Publíquese y ejecútese,
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Francisco RODRIGUEZ MOYA.
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