Por la cual se establece una granja agrícola y se crea una escuela agropecuaria en el Municipio de Icononzo (Tolima)

Rango Ley
Publicación 1941-09-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. El Gobierno Nacional procederá a la fundación y establecimiento de una granja agrícola en el Municipio de Icononzo, Departamento del Tolima. En el mismo Municipio, y como anexa a la granja mencionada, créase una escuela de orientación agrícola-pecuaria.

ARTICULO 2°. Autorízase al Gobierno para adquirir en compra los terrenos que considere indispensables para el funcionamiento de la granja y de la escuela de orientación agropecuaria, de que trata el artículo anterior.

ARTICULO 3°. Los Ministerios de la Economía y de Educación Nacional dictarán las medidas necesarias para la organización, pénsum de estudios y régimen de funcionamiento de las mencionadas granja y escuela de orientación.

ARTICULO 4°. El Gobierno Nacional queda facultado para abrir los créditos correspondientes o para financiar en la forma más conveniente la ejecución de la presente Ley.

ARTICULO 5°. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a cuatro de septiembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, EUSTORGIO SARRIA-El Presidente de la Cámara de Representantes, GUILLERMO VALENCIA-El Secretario del Senado, F. Fandiño Silva-El Secretario de la Cámara de Representantes, JorgeUribeMárquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 12 de septiembre de 1941.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional,

GonzaloRESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.