por la cual se enaltece la memoria de un artista colombiano

Rango Ley
Publicación 1937-04-09
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 2° Destinase la cantidad de dos mil pesos ($2,000) para dar cumplimiento a esta Ley, los cuales se consideraran apropiados en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Dada en Bogotá a cuatro de febrero de mil novecientos treinta y siete.

El Presidente del Senado, YEZID MELENDRO-El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS BUENAHORA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá, 26 de febrero de 1937.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Educación Nacional,

Alberto LLERAS CAMARGO

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