Por la cual se crea el Juzgado Segundo Superior del Distrito Judicial de Pereira
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Créase el Juzgado Segundo Superior del Distrito Judicial de Pereira, con el correspondiente Fiscal y con los empleados y asignaciones que hoy existen en el Juzgado Superior y en la Fiscalía respectiva del mismo Distrito Judicial.
ARTICULO 2° Las partidas necesarias para el pago de las asignaciones correspondientes a lo decretado en la presente Ley, se tomaran de las apropiaciones que se hagan en los Presupuestos de las respectivas vigencias para la Rama Jurisdiccional, y si no incluyeren, el Gobierno queda facultado para celebrar las operaciones de crédito necesarias o para arbitrar los fondos correspondientes.
ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a cinco de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Presidente de la Cámara de Representantes, GONZALO URIBE MEJIA-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amarís G.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, noviembre diez y seis de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Justicia, Samuel ARANGO REYES-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL.
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