POR LA CUAL SE PROVEE A LA TERMINACIÓN DEL HOSPITAL DE SANTA CLARA, DE LA CIUDAD DE CARTAGENA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1° Auxíliase al Hospital de Santa Clara, de la ciudad de Cartagena, con la suma de diez mil pesos ($ 10,000) que la Junta Reformadora de la mencionada institución destinará a la terminación del edificio.
Artículo 2° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a diez y ocho de noviembre de mil novecientos treinta y tres.
El Presidente del Senado, MAX DUQUE GOMEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, EDUARDO LOPEZ PUMAREJO-El Secretario del Senado, Odilio Vargas-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 24 de 1933.
Publíquese y ejecútese.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO.
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