Por la cual se ordena la construcción de una vía que comunique a los Municipios de Natagaima y Dolores, en el Departamento del Tolima

Rango Ley
Publicación 1945-01-09
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. El gobierno procederá a construir una carretera que una al municipio de Natagaima, pasando por el punto denominado La Barca, con la carretera que vincula a los municipios de Purificación-Prado y Dolores, en el Departamento del Tolima.

Esta vía se declara de utilidad pública.

ARTICULO 2°. Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley, serán incluidos en el Presupuesto de la próxima vigencia y en los subsiguientes.

ARTICULO 3°. El gobierno queda autorizado para arbitrar los recursos necesarios que permitan darle cumplimiento; celebrar las operaciones financieras que considere convenientes y destinar fondos de recursos ordinarios y extraordinarios para hacerla efectiva en el menor termino posible.

ARTICULO 4°. Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a catorce de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente del Senado, GILBERTO MORENO T.- El Presidente de la Cámara De Representantes, JUAN B. BARRIOS.- El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara De Representantes, Andres Chaustre B.

Organo ejecutivo.-Bogotá, 26 de diciembre de 1944.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ S.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.