Por la cual se hacen traslaciones en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1958 (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Ley
Publicación 1958-12-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

CONTRACREDITOS

CAPITULO 054

Artículo 2°. Esta Ley rige desde su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a quince de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

El presidente del Senado,

DIEGO LUIS CORDOBA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

ENRIQUE PARDO PARRA

El Secretario General del Senado,

Jorge Manrique Terán

El Secretario General de la Cámara de Representantes

Luis Alfonso Delgado

República de Colombia- Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., dieciocho de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio César Turbay Ayala

El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público.

Rafael Delgado Barreneche

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