Por la cual se concede un auxilio nacional al Municipio de San Gil
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° La Nación contribuye con la suma de cinco mil pesos ($ 5.000) como auxilio al Municipio de San Gil para la reparación de los elementos necesarios para la celebración de los concursos de natación que con motivo de los V Juegos Atléticos Nacionales tienen lugar en dicho Municipio en el próximo mes de diciembre.
ARTICULO 2° El Ejecutivo abrirá, una vez sancionada esta Ley, el crédito necesario al Presupuesto de rentas de la vigencia de este año, para pagar al Municipio de San Gil el auxilio decretado.
ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a veinte de octubre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, POMPILIO GUTIERREZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, ENRIQUE OTERO DACOSTA-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 31 de octubre de 1941.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
Por el Ministro de Educación Nacional, el Secretario General, encargado del Despacho,
Jaime GONZALEZ ORTIZ
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